
Escrito por: Licenciado Gabriel Rendón González y Tania de la Garza Coindreau
La pandemia generada por el COVID-19 ha dañado el funcionamiento de las instituciones educativas, causando una crisis sin precedentes en la manera en que se imparte la educación a través del mundo. Mucho se ha cuestionado sobre si se debe de regresar a las aulas, o si se debe continuar la educación remota considerando los riesgos a la salud que estas decisiones podrían afectar. México es de los países más afectados por la pandemia; sufre una de las tasas más altas de mortalidad generados por COVID-19 y solamente ha cubierto al 25% de su población con vacunación, ahora se encuentra en un momento crítico sobre decidir si su alumnado debe o no regresar a las aulas.
Partiendo de un punto de vista jurídico y de política pública, hay muchos factores que considerar antes de decidir sobre el regreso a clases del alumnado. El Gobierno del Estado de Nuevo León, en colaboración con la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud, y distintas Asociación Civiles decidieron emitir protocolos para establecer un regreso a clase presencial, responsable y ordenado. Parte del protocolo incluye la declaración por parte de la Secretaría de Salud de cerrar la escuela por al menos 14 días al identificarse un caso de Covid-19.
Además de que para algunos, podría resultar como una medida controversial y arbitraria, la declaración anterior se debe de someter a un Test de Proporcionalidad para valorar la constitucionalidad de la medida. Con esto en mente, decidimos poner las determinaciones emitidas por el Gobierno del Estado a la prueba conforme al Test de Proporcionalidad. La tesis, con número de registro 2018475, describe el Test de Proporcionalidad como una herramienta interpretativa y argumentativa utilizada para verificar si existen vulneraciones a un derecho reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o por los Tratados Internacionales de los que México forma parte.
La primera etapa del Test consiste en identificar una finalidad constitucionalmente válida en la legislación que posiblemente vulnera un Derecho Fundamental. Por más de un año, el gobierno canceló las clases presenciales argumentando a favor del derecho a la salud; hace unas semanas, se declaró la educación como una “actividad esencial” y a partir del 30 de agosto, las aulas dieron la bienvenida a quienes voluntariamente aceptaron atender a la escuela de manera presencial.
En la tesis con el número de registro 2013143 la cual describe la primera etapa del Test, se puntualiza la necesidad de identificar los fines perseguidos por el legislador con la medida, agregando que no cualquier propósito puede justificar la limitación a un derecho fundamental. Con la medida en cuestión, la Secretaría de Salud busca proteger la salud de los menores y el personal de las escuelas. Al cancelar las clases presenciales con un solo caso, se pretende disminuir las posibilidades de contagio de Covid para los demás. Un juzgador pudiera aplicar el Test de Proporcionalidad, y determinar que el fin perseguido es válido pues el Derecho a la salud es un Derecho Fundamental consagrado en la Constitución y en los Tratados Internacionales, justificando una finalidad constitucionalmente válida.
Después de concluir con la primera etapa del Test de Proporcionalidad, la tesis con número de registro 2013152, sugiere que el Test debe de pasar por una segunda etapa. Esta etapa tiene como finalidad, verificar si alguna medida, en este caso el cierre de las escuelas por 14 días posteriores al resultado positivo de un contagio de Covid, realmente es una medida que no esté limitando de manera innecesaria y desproporcionada al derecho que se pretende proteger. Es decir, que debe de haber, “una relación entre la intervención al derecho y el fin que persigue dicha afectación, siendo suficiente que la medida contribuya en algún modo y en algún grado a lograr el propósito que busca el legislador,” y que no sea excesiva la medida. En el Estado de Nuevo León, del 30 de agosto al 7 de septiembre, 5 escuelas del estado tuvieron que cerrar al identificar un caso de Covid en 5 de sus instalaciones. Habiendo asistido menos de 5 días a clases presenciales, los alumnos tuvieron que regresar a sus casas para llevar sus materias en línea, a causa de una persona infectada. Aquí se debe valorar y preguntar, ¿esta es la medida más idónea para proteger el derecho a la salud?
La tercera etapa del Test encontrada en la tesis con el número de registro 2013154 sirve para contestar la pregunta anterior, pues su propósito es determinar la necesidad de la medida a través de la creación de medidas alternativas que cumplen con el mismo fin pero no vulneran de la misma manera el derecho que se busca proteger. Para esto, podemos tomar como referencia, las determinaciones de otros estados o países y las medidas que ellos han implementado para obtener el mismo fin. Por ejemplo, en Estados Unidos, las escuelas cumplen con medidas de distanciamiento social, desinfección constante que disminuyen la posibilidad de contagio por la falta de interacción física entre estudiantes y la aplicación periódica de pruebas Covid. Aun así, cada día antes de ir a clases, deben de llenar un cuestionario de síntomas, estado de salud e interacciones recientes para identificar posibilidades de riesgo antes de que sucedan. En caso de que alguien presente algún síntoma, ese estudiante debe tomar la clase desde su casa, y hacerse prueba de Covid. La naturaleza de la tercera etapa es hacer un catálogo de todas las posibilidades y valorar si existen alternativas que infrinjan en menor grado el Derecho Fundamental.
La cuarta y última etapa del Test de Proporcionalidad ubicada en la tesis con el número de registro 2013136 implica hacer una ponderación en sentido estricto de los dos derechos que están en juego. Es esta etapa se debe de valorar si el beneficio que el gobernador estará obteniendo a la hora de vulnerar un derecho fundamental es constitucional. En esta etapa el lector deberá de ponderar el derecho de la educación y el derecho a la salud en la balanza de la justicia y decidir, ¿cuál pesa más?
Foto de Kelly Sikkema en Unsplash