
Las palabras dominium, possessio o hereditas son originarias del Derecho Romano, pero cualquier abogado actual puede comprenderlas sin necesidad de remontarse a la Antigua Roma. Aun así, conviene recordar que los romanos dejaron un legado extremadamente rico que constituye la base del sistema legal mexicano. Dominium se refiere al dominio o propiedad plena; possessio a la posesión material de un bien, y hereditas a todo lo relacionado con la herencia.
Aunque parezca sorprendente, nuestros códigos civiles están llenos de conceptos como “obligaciones”, “contratos” o “propiedad”, y ninguno de ellos es una creación exclusivamente mexicana (ni siquiera española), sino una herencia directa del pensamiento jurídico romano. No es casualidad que quienes inician una carrera en Derecho suelan cursar como materia introductoria “Derecho Romano”: esta disciplina es la semilla de casi todos los sistemas jurídicos de tradición civilista.
España heredó este legado durante la Edad Media, cuando el Corpus Iuris Civilis (la recopilación más influyente de normas romanas, compilada bajo el emperador Justiniano) fue redescubierto y adoptado en las universidades europeas. Francia, tras la Revolución, se inspiró en esas mismas bases para crear el Código Napoleónico, estructurando la ley sobre principios de racionalidad, claridad y certeza jurídica. México recibió una doble influencia: la tradición española implantada durante la colonia y las ideas francesas del siglo XIX que sirvieron de guía para nuestros primeros códigos civiles (basta pensar en la separación de poderes propuesta por Montesquieu; misma que es tan preciada por nosotros los mexicanos).
Así, instituciones como la prescripción, la sucesión o la capacidad jurídica tienen un linaje que se remonta a más de dos mil años. Hoy el derecho evoluciona frente a nuevos retos, como la inteligencia artificial, el comercio digital y un mundo cada vez más interconectado, pero seguimos dialogando sin darnos cuenta, con aquellos juristas romanos que escribieron las primeras reglas para la convivencia en sociedad.
En conclusión: Dura lex, sed lex; “la ley es dura, pero es la ley”. Quizá no haya mejor definición del derecho, ayer y hoy.